Yo, como todo el mundo, me llevé un alegrón al conocer que se había alcanzado un acuerdo entre las partes que conseguía deshacer el nudo gordiano de la mal llamada “prescripción enfermera”.
Pero tras una lectura sosegada del mismo, me explico que mis colegas médicos estén contentos (no porque comparta sus planteamientos pero sí, por que el acuerdo respeta sus reivindicaciones), que la administración se haya relajado al haberse quitado de encima un marrón “glaçé”, pero lo que no entiendo es el entusiasmo de las compañeras enfermeras.
O yo he leído mal y en diagonal o este acuerdo les deja en una situación a las que, a buen seguro, muchas de ellas no esperaban llegar como solución final.
Así, entre nosotros, 2 años de tensiones para conseguir esta mierda, y aceptar pulpo como animal de compañía, no lo acabo de entender
Veamos como yo lo he leído, y se aceptan correcciones sobre mi capacidad comprensiva del texto en cuestión (que ya se sabe que el informe PISA es demoledor)
A) De entrada, las enfermeras de prescribir, nada de nada, siguen en el eufemismo de indicar, usar y autorizar la dispensación de medicamentos.
B) Cuando estos medicamentos no precisan de receta médica: pueden indicarlos o autorizarlos de forma autónoma, mediante una orden de dispensación. Me temo que la auxiliar de cualquier farmacia precisa de menos requisitos para indicar a un usuario el uso de un fármaco de libre dispensación. Y la vecina, ni te cuento.
C) Cuando estos medicamentos precisan de receta médica: Tiene tres condiciones previas
1.- Deben usar una orden de dispensación
2.- Deben estar acreditadas: Bien está que para obtener la acreditación no se van a exigir nada más allá que el título que corresponda en función de la actividad pero si que habrá que solicitarla ya que en la famosa orden debe figurar el Cod Acreditación
Que digo yo que sobraba todo este rollo y que con estar en posesión del título, estar colegiada y con su seguro de responsabilidad civil en orden, era más que suficiente.
3.- Deben seguir un protocolo o guía consensuada: Casi nada. Ahora nos ponemos a hacer protocolos y guías y volvemos a empezar con "mi ombligo es mas bonito y más grande que el tuyo" y se nos pasa una década
Mucho me temo que la solución no pasa de ser un parche para salir del paso y añadir el nuevo 3.3 En los casos en los que no sea necesario determinar el diagnóstico médico y la prescripción médica individualizadamente, en medicamentos sujetos a prescripción médica, se consensuarán, conforme al procedimiento previsto en el artículo 6, los protocolos y guías de práctica clínica y asistencial, que articulen el ejercicio de la competencia por parte de los enfermeros, que les soluciona a las administraciones el tema de las vacunas que es lo que les tenía bloqueados.
Yo sigo pensando lo mismo que al inicio de este lío:
- Las enfermeras pueden y deben realizar funciones dentro de su ámbito competencial.
- Para poder llevarlas a cabo precisan de las herramientas necesarias
- Entre estas herramientas están el uso autónomo de fármacos enfocados a aquellos procesos de su competencia.
- El diagnóstico enfermera existe
- El uso de un vademecum propio sería la solución más sencilla al igual que les sucede a los podólogos
Anexo Del Acuerdo by Lis Ensalander on Scribd