jueves, 11 de junio de 2015

El final de la vida: Abocados al debate social




La petición del parlamento vasco no deja de ser una mera acción testimonial pero ningún cambio se produce de forma instantánea y siempre tiene que tener iniciativas exploratorias y que aporten la visión para posibles nuevos escenarios de la norma social.

También sorprende que se hayan sumado todos los partidos salvo el PP.

La normativa actual es tajante. Tanto el Código Penal en su artículo 143 como el Código de Ética y Deontología Médica en su artículo 64, punto 5 lo prohíben taxativamente.

Pero las normas no son intocables y si el debate social se concluye con un cambio de la política actual, cambiaría el entorno normativo tanto legal como Deontológico ya que el Código de Deontología Médica ya contempla en sus Disposiciones Finales, punto 2 que “El médico que actuara amparado por las Leyes del Estado no podrá ser sancionado deontológicamente”. 

Al respecto, solo unas reflexiones. No parece que el orden del debate pueda, o mejor deba, invertirse. Los pacientes en situaciones extremas deben tener primero el derecho y la accesibilidad a unos cuidados paliativos universales y de alta calidad. Y si aún con esta alternativa al alcance de su mano desean terminar con su existencia se puede plantear el derecho a ejercer las nuevas alternativas.

Por otro lado cualquier norma futura debe de contemplar dos aspectos fundamentales.


  • El derecho a la objeción de conciencia por parte de los profesionales que no comparten esta visión del final de la vida
  • Y por otro, que la normativa que se desarrolle aporte seguridad jurídica a los compañeros que sí quieran ponerla en practica

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